¿Qué es el Bono de Vivienda?
Este programa del Bono de Vivienda tiene por objeto subvencionar la renta mensual del alquiler para unidades de convivencia con recursos económicos limitados. El importe máximo de esta ayuda, con carácter general, no excede del 50 % de la renta máxima correspondiente a la zona territorial donde esté situada la vivienda objeto del contrato de arrendamiento.
¿Para quién es el Bono de Vivienda?
Las subvenciones del Programa del bono de alquiler social están destinadas a atender con carácter urgente a las siguientes unidades de convivencia como las familias monomarentales consultando los umbrales y requisitos establecidos en el DOGA.
¿Cómo se solicita?
- La solicitud de concesión inicial se realizará mediante la presentación del modelo. El modelo se incorpora como anexo I a la resolución. El modelo deberá estar debidamente cubierto.
- Las solicitudes deberán dirigirse al Área Provincial del IGVS donde esté situada la vivienda.
- Se presentarán preferiblemente por vía electrónica. Se usará el formulario normalizado. Está disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente. En cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación electrónica de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave 365 ( https://sede. xunta. gal/ chave365).